Violencia en el ámbito familiar: Es el
acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter,
controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial,
económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo
Agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad,
de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho.
2.
Violencia Laboral y Docente: Se ejerce por las personas que
tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima, independientemente
de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de
poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la
víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.
3.
Violencia en la Comunidad: Son los actos individuales o
colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su
denigración, discriminación, marginación o exclusión en el ámbito público.
4.
Violencia Institucional: Son los actos u omisiones de las y
los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan
como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos
humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas
destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los
diferentes tipos de violencia.
5.
Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de
género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en
los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas
misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar
en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.